¿Quién paga el IBI?
En términos generales y como señalábamos al principio del artículo, el IBI es un impuesto que debe pagar toda persona física o jurídica que sea titular de derechos sobre bienes inmuebles (no sólo la propiedad, también el usufructo, la superficie…) que pueden ser rústicos, urbanos o de características especiales.
De ahí que, cuando se produce la compraventa de un bien inmueble, al pasar la propiedad de una persona a otra, siempre surja el asunto de quién paga el IBI en esa situación. Un tema que hay que dejar claro en el momento de la firma de la escritura para evitar posibles reclamaciones o conflictos futuros.
En este caso, la legislación marca que quien debe hacerse cargo del pago del IBI es la persona que figura como propietaria del bien a 1 de enero del año en que se realiza la compraventa. Por ejemplo: si una vivienda se vende en septiembre de 2024, el IBI de ese año lo pagará el vendedor del bien, pues a 1 de enero de ese año todavía figuraba como propietario.
No obstante, es habitual que ambas partes se pongan de acuerdo para que quien compra el inmueble asuma el montante del IBI que corresponda al tiempo de ese año en que ha sido propietario. Por ejemplo, si se vende una casa el día 1 de junio de 2024, el vendedor pagará la proporción de IBI correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo.
De cualquier manera, te recomendamos que, lleguéis a un acuerdo o no, se refleje en el contrato de compraventa. Por otro lado, al comprar una casa debes asegurarte de que quien vende está al corriente del pago del IBI de los años anteriores, ya que, en caso de haber una deuda, se te transmite a ti con la compra y el Ayuntamiento te puede exigir el pago.
Ahora que tienes información sobre qué es el IBI y cuándo se paga, ¿por qué no empiezas a buscar tu nueva casa?
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